Sistemas de Contratación de: Obras, consultoría de obras, bienes y servicios

Sistemas de Contratación según el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado 30225

Los sistemas de contratación juegan un papel fundamental en la gestión eficiente de proyectos, especialmente en el ámbito de las obras públicas, bienes y servicios contratados por el estado. Entender los diferentes tipos de sistemas de contratación, sus características, ventajas y desventajas, es esencial para cualquier empresa o contratista que desee participar en licitaciones y asegurar el éxito de sus proyectos.

Sistemas de contratación según el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado 30225

Qué son los Sistemas de Contratación

Los sistemas de contratación son los métodos y procedimientos establecidos para la selección, adjudicación y ejecución de contratos públicos. Estos sistemas están diseñados para asegurar transparencia, eficiencia y cumplimiento normativo en el uso de recursos públicos.

Importancia de Entender los Sistemas de Contratación

Conocer y entender los sistemas de contratación permite a los contratistas presentar ofertas competitivas y cumplir con los requisitos legales, lo que aumenta sus posibilidades de ganar contratos y ejecutar proyectos con éxito.

Tipos de Sistemas de Contratación

En el artículo 35 del RLCE, podemos encontrar los tipos de sistemas de contratación para obras, consultoría de obras, bienes y servicios; tal como se indica:

Artículo 35. Sistemas de contratación

Las contrataciones contemplan alguno de los siguientes sistemas de contratación:

a) Suma Alzada

Aplicable cuando las cantidades, magnitudes y calidades de la prestación estén definidas en las especificaciones técnicas, en los términos de referencia o, en el caso de obras, en los planos, especificaciones técnicas, memoria descriptiva y presupuesto de obra, respectivas. El postor formula su oferta por un monto fijo integral y por un determinado plazo de ejecución, para cumplir con el requerimiento.

Tratándose de obras, el postor formula dicha oferta considerando los trabajos que resulten necesarios para el cumplimiento de la prestación requerida según los planos, especificaciones técnicas, memoria descriptiva, presupuesto de obra que forman parte del expediente técnico de obra, en ese orden de prelación; debiendo presentar en su oferta el desagregado de partidas que la sustenta. El mismo orden de prelación se aplica durante la ejecución de la obra.

Tratándose de consultoría de obras, el postor formula su oferta considerando los trabajos necesarios para el cumplimiento de la prestación requerida, según los términos de referencia y el valor referencial, en ese orden de prelación.

b) Precios unitarios

Aplicable en las contrataciones de bienes, servicios en general, consultorías y obras, cuando no puede conocerse con exactitud o precisión las cantidades o magnitudes requeridas.

En el caso de bienes, servicios en general y consultorías, el postor formula su oferta proponiendo precios unitarios en función de las cantidades referenciales contenidas en los documentos del procedimiento de selección y que se valorizan en relación a su ejecución real, durante un determinado plazo de ejecución.

En el caso de obras, el postor formula su oferta proponiendo precios unitarios considerando las partidas contenidas en los documentos del procedimiento, las condiciones previstas en los planos y especificaciones técnicas y las cantidades referenciales, que se valorizan en relación a su ejecución real y por un determinado plazo de ejecución.

c) Esquema mixto de suma alzada, tarifas y/o precios unitarios

Aplicable para la contratación de servicios en general, obras y consultoría de obras.

Tratándose de servicios, cuando las prestaciones comprendan magnitudes o cantidades que pueden conocerse con exactitud y precisión, se contratan bajo el sistema de suma alzada; los elementos cuyas magnitudes o cantidades no puedan conocerse, se contratan bajo el sistema de precios unitarios.

En el caso de obras, cuando en el expediente técnico de obra uno o varios componentes técnicos corresponden a magnitudes y cantidades no definidas con precisión, se contratan bajo el sistema de precios unitarios, en tanto los componentes, cuyas cantidades y magnitudes estén definidas en el expediente técnico de obra, se contratan bajo el sistema de suma alzada.

d) Tarifas

Aplicable para las contrataciones de consultoría en general y consultoría de obra, cuando no puede conocerse con precisión el tiempo de prestación de servicio. En este caso, el postor formula su oferta proponiendo tarifas en base al tiempo estimado o referencial para la ejecución de la prestación contenido en los documentos del procedimiento y que se valoriza en relación a su ejecución real. Los pagos se basan en tarifas. Las tarifas incluyen costos directos, cargas sociales, tributos, gastos generales y utilidades.

e) En base a porcentajes

Aplicable en la contratación de servicios de cobranzas, recuperaciones o prestaciones de naturaleza similar. Dicho porcentaje incluye todos los conceptos que comprende la contraprestación que le corresponde al contratista.

f) En base a un honorario fijo y una comisión de éxito

Aplicable en las contrataciones de servicios. En ese caso el postor formula su oferta contemplando un monto fijo y un monto adicional como incentivo que es pagado al alcanzarse el resultado esperado. El honorario fijo y la comisión de éxito pueden calcularse en base a porcentajes.

Conclusión

Comprender los sistemas de contratación es esencial para cualquier empresa o contratista que desee participar en proyectos de obras públicas, bienes y servicios contratados por el estado. El Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado 30225 define claramente los distintos sistemas de contratación, cada uno con sus propias características, ventajas y desventajas.

Suma Alzada ofrece un control claro sobre costos y plazos, ideal para proyectos con especificaciones bien definidas. Precios Unitarios proporciona flexibilidad para proyectos donde las cantidades exactas no pueden preverse con precisión. Esquema Mixto combina ambos métodos para adaptarse a la complejidad de ciertos proyectos. Tarifas, Porcentajes, y Honorario Fijo con Comisión de Éxito son métodos más específicos para situaciones particulares como consultorías y servicios de cobranza.

Conocer y aplicar adecuadamente estos sistemas no solo asegura el cumplimiento normativo y la transparencia, sino que también optimiza la eficiencia y la gestión de los recursos en los proyectos públicos. La correcta elección y gestión del sistema de contratación puede marcar la diferencia entre el éxito y el fracaso de un proyecto.

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Recursos y Referencias

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4 comentarios

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