Guía Sobre sobre la Contratación con el Estado: Requisitos y Procedimientos según la Ley 30225 y Reglamento

Contratar con el estado puede abrir grandes oportunidades para las empresas, ofreciendo estabilidad y seguridad en los proyectos. La Ley 30225 y su reglamento establecen el marco legal para estas contrataciones, asegurando transparencia y eficiencia. En esta guía, desglosaremos los pasos y requisitos necesarios para contratar con el estado.

La Ley 30225, conocida como la Ley de Contrataciones del Estado, junto con su reglamento, regula los procesos de adquisición de bienes, servicios, consultoría de obras y obras por parte del estado. Este marco legal busca promover la transparencia, competencia y eficiencia en las contrataciones públicas.

2. Requisitos para Contratar con el Estado

En Perú, pueden contratar con el Estado tanto personas naturales como jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa vigente. Las personas naturales son individuos que actúan en nombre propio, mientras que las personas jurídicas son entidades creadas legalmente, como empresas o asociaciones.

Para contratar con el estado, las empresas o personas naturales deben cumplir ciertos requisitos:

  • Registro en el RNP: Las empresas deben estar inscritas en el Registro Nacional de Proveedores (RNP).
  • Documentación: Certificados de solvencia económica, antecedentes legales, y experiencia previa en proyectos similares.

no se debe tener inhabilitaciones para contratar con el Estado, cumplir con las normas de seguridad y calidad requeridas, entre otros; es importante comprender los procesos y normativas de la Ley 30225 y su Reglamento, pero estamos aquí para brindante información valiosa.

Puedes dirigirte al numeral 9.2 del Artículo 9. Inscripción y reinscripción en el RNP”,  donde nos indica que “9.2. En el RNP se inscriben o reinscriben todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, estas últimas domiciliadas o no domiciliadas con o sin representante legal, que deseen participar en procedimientos de selección y/o contratar con el Estado, para la provisión de bienes, servicios, consultoría de obras y la ejecución de obras, sea que se presenten de manera individual o en consorcio. El procedimiento de inscripción y de reinscripción para los proveedores de bienes y servicios es de aprobación automática.

El procedimiento de inscripción y de reinscripción para los ejecutores y consultores de obras es de evaluación previa con aplicación del silencio administrativo negativo y tiene un plazo de treinta (30) días hábiles.

3. Tipos de Contrataciones

Los tipos de contratación que pueden tener las personas naturales o jurídicas que cuenten con inscripción en el registro nacional de proveedores RNP, son en los siguientes intereses:

  • Obras
  • Servicios de Consultoría de obras
  • Bienes y
  • Servicios

Así mismo pueden ver y/o consultar sus excepciones en el artículo 10 del RLCE

4. Métodos de Contratación

Existen varios procedimientos para contratar con el estado, los cuales son como se se indica en el art. 53 procedimientos de selección:

  • a) Licitación Pública.
  • b) Concurso Público.
  • c) Adjudicación Simplificada.
  • d) Subasta Inversa Electrónica.
  • e) Selección de Consultores Individuales.
  • f) Comparación de Precios.
  • g) Contratación Directa.

5. Criterios de Selección

Las propuestas son evaluadas en base a:

  • Evaluación Técnica: Experiencia y viabilidad técnica de la propuesta.
  • Evaluación Económica: Costo de la propuesta.
  • Puntos Adicionales: Metodologías propuestas; certificaciones adicionales.

6. Presentación de Propuestas

Una propuesta efectiva debe incluir:

  • Estructura Clara: Descripción del proyecto, metodología y cronograma.
  • Presupuesto Detallado: Costos desglosados y justificados.
  • Documentación Completa: Cumplir con todos los requisitos exigidos en las bases

7. Evaluación y Calificación

El proceso de evaluación incluye:

  • Revisión Técnica: Verificar la viabilidad técnica.
  • Revisión Económica: Analizar el presupuesto propuesto.
  • Calificación: Asignación de puntajes según criterios preestablecidos

8. Adjudicación y Contrato

Una vez seleccionada la mejor propuesta:

  • Notificación de Adjudicación: Comunicación oficial al ganador.
  • Firma del Contrato: Formalización del acuerdo y condiciones.

9. Ejecución del Contrato

Durante la ejecución:

  • Cumplimiento de Plazos: Seguir el cronograma establecido.
  • Supervisión y Control: Monitoreo del progreso y cumplimiento de términos.

10. Modificaciones y Resoluciones

En caso de cambios:

  • Modificaciones de Contrato: Ajustes consensuados y documentados.
  • Resolución de Disputas: Mecanismos legales para resolver conflictos.

11. Cumplimiento y Sanciones

El proveedor debe cumplir con:

  • Obligaciones del Contrato: Cumplir con todas las especificaciones.
  • Sanciones por Incumplimiento: Multas o penalidades por fallos.

12. Transparencia y Anticorrupción

Para garantizar procesos limpios:

  • Medidas de Transparencia: Publicación de procesos y resultados.
  • Mecanismos Anticorrupción: Denuncias y sanciones.

13. Beneficios de Contratar con el Estado

Los principales beneficios incluyen:

  • Estabilidad y Seguridad: Contratos garantizados por el estado.
  • Oportunidades de Crecimiento: Acceso a grandes proyectos y expansión de la empresa

13. Beneficios de Contratar con el Estado

Los principales beneficios incluyen:

  • Estabilidad y Seguridad: Contratos garantizados por el estado.
  • Oportunidades de Crecimiento: Acceso a grandes proyectos y expansión de la empresa

Conclusión

Contratar con el estado, bajo la Ley 30225 y su Reglamento, ofrece numerosas ventajas para las empresas que cumplen con los requisitos y procedimientos establecidos.

Para maximizar tus oportunidades y entender todos los detalles del proceso, te invitamos a inscribirte en nuestros cursos especializados sobre contrataciones con el estado. Nuestros cursos están diseñados para proporcionarte el conocimiento y las herramientas necesarias para competir con éxito en el ámbito de las contrataciones públicas.

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Definiciones (anexo n°01 del RLCE):

Proveedor: La persona natural o jurídica que vende o arrienda bienes, presta servicios en general, consultoría en general, consultoría de obra o ejecuta obras.

“Obra: Construcción, reconstrucción, rehabilitación, remodelación, mejoramiento, demolición, renovación, ampliación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que requieren expediente técnico, dirección técnica, mano de obra, materiales y/o equipos.”

Consultoría de obra: Servicios profesionales altamente calificados consistente en la elaboración del expediente técnico de obras, en la supervisión de la elaboración de expediente técnico de obra o en la supervisión de obras.

Bienes: Son objetos que requiere una Entidad para el desarrollo de sus actividades y el cumplimiento de sus funciones y fines.

Servicio: Actividad o labor que requiere una Entidad para el desarrollo de sus actividades y el cumplimiento de sus funciones y fines. Los servicios pueden clasificarse en servicios en general, consultoría en general y consultoría de obra. La mención a consultoría se entiende que alude a consultoría en general y consultoría de obras.

Recursos y Referencias

Para aquellos interesados en profundizar en estos temas, aquí algunos recursos adicionales:

Formatos interactivos digitales de consultra rápida

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